Extranjería · Regularización y arraigos

Arraigo social en España: revisa si cumples los requisitos

Revisamos los dos años de permanencia, las ausencias, los vínculos o el informe de integración social, los medios económicos y la documentación crítica antes de presentar. Diagnóstico individual: 49 €. Si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

El diagnóstico ordena tu caso; no necesitas tener todos los documentos para solicitarlo.

  • Diagnóstico individual
  • Fuentes oficiales
  • Sin promesas falsas

La primera decisión importa

No empieces por una lista de documentos

Empieza por identificar la vía que merece revisar. Una orientación evita preparar un expediente para el supuesto equivocado.

01

Puede ser arraigo social

Tienes al menos dos años de permanencia continuada —con ausencias que no superan 90 días— y puedes acreditar vínculos familiares o un informe favorable de integración social, además de medios económicos.

Ver qué revisar
02

Tu caso depende de contratos

Si tu vía se apoya en una relación laboral, conviene comparar el arraigo social con el sociolaboral antes de preparar nada.

Ver la diferencia
03

No lo tienes claro

Si todavía no sabes qué vía encaja, empieza por un diagnóstico de 49 € y ordena la vía y las pruebas que conviene revisar.

Solicitar diagnóstico

Oferta comercial

Arraigo social

Revisión documental, preparación del expediente, formularios, presentación y entrega del justificante de registro.

320 €

Incluye

  • Revisión documental, preparación del expediente, formularios, presentación y entrega del justificante de registro.

No incluye

  • Seguimiento posterior, requerimientos, recursos, informe de integración social, traducciones, legalizaciones y tasas requieren alcance o coste separado.

Tasas y costes externos

  • Tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones y terceros, cuando correspondan.

¿Aún necesitas confirmar si esta vía encaja contigo? Solicita el diagnóstico de 49 €; si después contratas esta gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

Un contrato no es el requisito central del arraigo social

Evita preparar la vía equivocada

El arraigo social se apoya en vínculos familiares o en integración social y medios económicos. Cuando el elemento decisivo son uno o varios contratos, hay que revisar otra vía antes de presentar.

Requisitos y puntos clave

La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.

  • Permanencia continuada

    Al menos dos años anteriores a la solicitud; las ausencias acumuladas durante ese periodo no pueden superar 90 días.

  • Situación y antecedentes

    No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza —ni familiar incluido en ese régimen—, no tener protección internacional pendiente y carecer de antecedentes penales relevantes.

  • Vínculos o integración

    Vínculos con cónyuge, pareja registrada o familiares en primer grado con residencia, o informe favorable de integración social cuando no puedas acreditar esos vínculos.

  • Medios económicos

    En la vía familiar, el Ministerio detalla un 200 % del IPREM: 100 % para el familiar residente y 100 % para la persona solicitante, con medios disponibles en España.

  • Tasa y situación administrativa

    Hay que abonar la tasa correspondiente y revisar que no exista otra autorización o procedimiento incompatible.

Documentación habitual

No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.

Ver documentación habitual
  1. Solicitud EX-10 y pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigor.01
  2. Pruebas de permanencia continuada de dos años y de las fechas de ausencia: padrón, sanidad pública u otros documentos de Administraciones españolas.02
  3. Antecedentes penales del país o países donde hayas residido en los cinco años previos a la entrada en España.03
  4. Vínculos familiares o informe de integración social, según tu vía.04
  5. Justificación de medios económicos y traducción jurada, legalización o apostilla cuando proceda.05

No presentes documentos extranjeros sin comprobar antes si requieren traducción jurada, legalización o apostilla. Si has pedido protección internacional, revisa también qué periodo puede computar y que tus ausencias no superen 90 días.

Qué puedes esperar

El diagnóstico incluye

  • Revisar individualmente los años de permanencia que puedes acreditar.
  • Identificar si el arraigo social u otra vía puede encajar mejor.
  • Ordenar los documentos e informes que conviene revisar antes de presentar.
  • Entregarte los siguientes pasos y, si procede, una propuesta de gestión completa.

Lo que no sustituye

  • No garantiza la concesión de la autorización.
  • El diagnóstico no prepara ni presenta el expediente: esa es la gestión completa.
  • No incluye informe de integración social, traducciones, legalizaciones ni tasas.
  • No emite el informe de integración social.

Así avanzamos contigo

  1. 01

    Cuéntanos tu situación

    Tus años en España, ausencias, vínculos familiares, medios económicos y las pruebas o informes que ya tienes.

  2. 02

    Ubicamos la vía

    Revisamos si el arraigo social, sociolaboral u otra opción merece valorarse.

  3. 03

    Ordenamos el siguiente paso

    Te explicamos qué reunir y qué confirmar antes de presentar.

  4. 04

    Decides con la información clara

    Si necesitas una asesoría completa, conocerás su alcance antes de avanzar.

Fuentes oficiales

Consulta siempre la fuente oficial

La Hoja informativa 28 del Ministerio recoge la autorización por arraigo social y debe contrastarse con el Reglamento y las instrucciones vigentes antes de presentar.

Contacto

¿Tienes una duda antes de reservar?

Si necesitas aclarar qué documentos tienes o qué vía comparar, déjanos tus datos. Para revisar el caso completo, solicita el diagnóstico de 49 €.

  • Una primera respuesta para ubicar tu caso
  • Una respuesta por WhatsApp o email
  • Información clara sobre el alcance antes de avanzar

Enviar solicitud

La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.

El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes sobre arraigo social

Resolvemos dudas habituales antes de que decidas si necesitas un diagnóstico de tu caso.

¿Cuántos años de permanencia necesito para el arraigo social?

La normativa vigente exige una permanencia continuada mínima de dos años en España y las ausencias durante ese periodo no pueden superar 90 días. Antes exigía tres años, así que si leíste información antigua, comprueba siempre la fuente oficial actualizada.

¿Necesito contrato de trabajo para el arraigo social?

No es el elemento central de esta vía. El arraigo social puede apoyarse en vínculos familiares con personas extranjeras residentes o, si no los tienes, en un informe favorable de integración social, además de los requisitos económicos aplicables. Si tu caso depende de uno o varios contratos, conviene comparar el arraigo sociolaboral.

¿Qué es el informe de integración social y quién lo emite?

Es el documento que se pide cuando no puedes acreditar vínculos familiares. Lo emite la Comunidad Autónoma o, cuando corresponda, el Ayuntamiento, y valora tu permanencia, tus medios económicos y tu integración sociolaboral y cultural.

¿El arraigo social garantiza que me concedan la residencia?

No. Cumplir los requisitos formales no equivale a una concesión automática: la Administración valora cada expediente. Podemos ayudarte a revisar tu situación y detectar errores evitables antes de presentar.

¿Cuántos días puedo haber salido de España?

Durante los dos años de permanencia continuada, las ausencias acumuladas no pueden superar 90 días. Conviene revisar las fechas con pruebas de entrada y salida y con la documentación que acredite tu presencia en España.

¿Puedo solicitar arraigo social si tengo pendiente una solicitud de protección internacional?

La hoja informativa oficial indica que no debes tener la condición de solicitante de protección internacional al presentar la solicitud ni durante su tramitación. Además, el tiempo de permanencia durante esa solicitud no computa hasta que exista una resolución firme.

¿Qué pasa si tengo lagunas en el empadronamiento?

No significa automáticamente que tu caso esté perdido, pero necesitarás otras pruebas sólidas de permanencia continuada. Te orientamos sobre qué puede servir en tu caso concreto.

¿Qué incluye la gestión y cuánto cuesta?

La gestión del arraigo social cuesta 320 € e incluye la revisión documental, la preparación del expediente, los formularios, la presentación y el justificante de registro. El diagnóstico inicial cuesta 49 € y se descuenta de esa gestión si la contratas durante los 30 días siguientes. Tasas, informe de integración social, traducciones, legalizaciones, seguimiento posterior, requerimientos y recursos quedan fuera o requieren un alcance separado.

Para entender mejor tu situación

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Tu siguiente paso puede ser más claro

No necesitas tener todo resuelto para solicitar un diagnóstico de 49 €. Revisamos contigo qué vía puede encajar y qué conviene comprobar antes de presentar.

Para empezar, nos ayuda saber

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  2. 02Si tienes una cita o una fecha próxima
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