Puede ser arraigo social
Tienes al menos dos años de permanencia continuada —con ausencias que no superan 90 días— y puedes acreditar vínculos familiares o un informe favorable de integración social, además de medios económicos.
Ver qué revisarExtranjería · Regularización y arraigos
Revisamos los dos años de permanencia, las ausencias, los vínculos o el informe de integración social, los medios económicos y la documentación crítica antes de presentar. Diagnóstico individual: 49 €. Si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.
El diagnóstico ordena tu caso; no necesitas tener todos los documentos para solicitarlo.
La primera decisión importa
Empieza por identificar la vía que merece revisar. Una orientación evita preparar un expediente para el supuesto equivocado.
Tienes al menos dos años de permanencia continuada —con ausencias que no superan 90 días— y puedes acreditar vínculos familiares o un informe favorable de integración social, además de medios económicos.
Ver qué revisarSi tu vía se apoya en una relación laboral, conviene comparar el arraigo social con el sociolaboral antes de preparar nada.
Ver la diferenciaSi todavía no sabes qué vía encaja, empieza por un diagnóstico de 49 € y ordena la vía y las pruebas que conviene revisar.
Solicitar diagnósticoOferta comercial
Revisión documental, preparación del expediente, formularios, presentación y entrega del justificante de registro.
¿Aún necesitas confirmar si esta vía encaja contigo? Solicita el diagnóstico de 49 €; si después contratas esta gestión, descontamos ese importe durante 30 días.
El arraigo social se apoya en vínculos familiares o en integración social y medios económicos. Cuando el elemento decisivo son uno o varios contratos, hay que revisar otra vía antes de presentar.
La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.
Al menos dos años anteriores a la solicitud; las ausencias acumuladas durante ese periodo no pueden superar 90 días.
No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza —ni familiar incluido en ese régimen—, no tener protección internacional pendiente y carecer de antecedentes penales relevantes.
Vínculos con cónyuge, pareja registrada o familiares en primer grado con residencia, o informe favorable de integración social cuando no puedas acreditar esos vínculos.
En la vía familiar, el Ministerio detalla un 200 % del IPREM: 100 % para el familiar residente y 100 % para la persona solicitante, con medios disponibles en España.
Hay que abonar la tasa correspondiente y revisar que no exista otra autorización o procedimiento incompatible.
No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.
No presentes documentos extranjeros sin comprobar antes si requieren traducción jurada, legalización o apostilla. Si has pedido protección internacional, revisa también qué periodo puede computar y que tus ausencias no superen 90 días.
Tus años en España, ausencias, vínculos familiares, medios económicos y las pruebas o informes que ya tienes.
Revisamos si el arraigo social, sociolaboral u otra opción merece valorarse.
Te explicamos qué reunir y qué confirmar antes de presentar.
Si necesitas una asesoría completa, conocerás su alcance antes de avanzar.
La Hoja informativa 28 del Ministerio recoge la autorización por arraigo social y debe contrastarse con el Reglamento y las instrucciones vigentes antes de presentar.
Contenido revisado en 12 de agosto de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.
Contacto
Si necesitas aclarar qué documentos tienes o qué vía comparar, déjanos tus datos. Para revisar el caso completo, solicita el diagnóstico de 49 €.
Tus datos están protegidos. Solo los usamos para contactarte y darte información relacionada con tu solicitud.
La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.
El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.
Resolvemos dudas habituales antes de que decidas si necesitas un diagnóstico de tu caso.
La normativa vigente exige una permanencia continuada mínima de dos años en España y las ausencias durante ese periodo no pueden superar 90 días. Antes exigía tres años, así que si leíste información antigua, comprueba siempre la fuente oficial actualizada.
No es el elemento central de esta vía. El arraigo social puede apoyarse en vínculos familiares con personas extranjeras residentes o, si no los tienes, en un informe favorable de integración social, además de los requisitos económicos aplicables. Si tu caso depende de uno o varios contratos, conviene comparar el arraigo sociolaboral.
Es el documento que se pide cuando no puedes acreditar vínculos familiares. Lo emite la Comunidad Autónoma o, cuando corresponda, el Ayuntamiento, y valora tu permanencia, tus medios económicos y tu integración sociolaboral y cultural.
No. Cumplir los requisitos formales no equivale a una concesión automática: la Administración valora cada expediente. Podemos ayudarte a revisar tu situación y detectar errores evitables antes de presentar.
Durante los dos años de permanencia continuada, las ausencias acumuladas no pueden superar 90 días. Conviene revisar las fechas con pruebas de entrada y salida y con la documentación que acredite tu presencia en España.
La hoja informativa oficial indica que no debes tener la condición de solicitante de protección internacional al presentar la solicitud ni durante su tramitación. Además, el tiempo de permanencia durante esa solicitud no computa hasta que exista una resolución firme.
No significa automáticamente que tu caso esté perdido, pero necesitarás otras pruebas sólidas de permanencia continuada. Te orientamos sobre qué puede servir en tu caso concreto.
La gestión del arraigo social cuesta 320 € e incluye la revisión documental, la preparación del expediente, los formularios, la presentación y el justificante de registro. El diagnóstico inicial cuesta 49 € y se descuenta de esa gestión si la contratas durante los 30 días siguientes. Tasas, informe de integración social, traducciones, legalizaciones, seguimiento posterior, requerimientos y recursos quedan fuera o requieren un alcance separado.
Para entender mejor tu situación
Guía orientativa sobre el arraigo social en España: requisitos actuales, 2 años de permanencia, informe de integración, medios económicos, documentos y errores comunes.
Diferencias actualizadas entre arraigo social y arraigo sociolaboral en España: requisitos, contrato, integración, permanencia, documentación y errores a evitar.
No necesitas tener todo resuelto para solicitar un diagnóstico de 49 €. Revisamos contigo qué vía puede encajar y qué conviene comprobar antes de presentar.
Para empezar, nos ayuda saber