¿Tienes una oferta de alta cualificación para España?
La Hoja 66 distingue autorización nacional y Tarjeta azul-UE. Empieza con un diagnóstico individual de 49 € para revisar puesto, empresa, cualificación, salario y modalidad antes de presentar ante la UGE-CE. Si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.
La información pública es gratuita. El diagnóstico individual cuesta 49 € e incluye la revisión de tu situación, riesgos, documentación y siguientes pasos; si después contratas la gestión, se descuenta.
Revisión individual
Fuentes oficiales
Sin promesas falsas
En 30 segundos
Comprueba el encaje antes de avanzar
Esta guía ordena el supuesto, los documentos y el siguiente paso sin sustituir una revisión individual del expediente.
Punto de partida
Qué autorización, vínculo o documento tienes ahora.
Clave del trámite
El requisito que suele decidir si la vía puede encajar.
Documentación
La prueba habitual que conviene reunir primero.
Siguiente paso
Una orientación antes de preparar o presentar.
Antes de empezar
¿Cuándo conviene revisar esta autorización?
La autorización parte de un puesto de alta cualificación y de una empresa o relación profesional que necesita tu incorporación en España. No basta con tener estudios: el puesto, la oferta, la remuneración y la modalidad deben encajar.
Tienes una oferta o contrato en España
Una empresa necesita incorporarte para un puesto directivo, profesional o técnico que exige una cualificación de enseñanza superior o una experiencia equiparable y relevante.
El puesto requiere alta cualificación
La formación o experiencia debe estar relacionada con la actividad que realizarás; la titulación por sí sola no convierte cualquier empleo en alta cualificación.
Puedes acreditar tu perfil y la empresa
Necesitas ordenar titulación o experiencia, contrato, empresa, seguro, recursos y, si la profesión es regulada, la homologación o reconocimiento que corresponda.
Hay que comparar dos modalidades
La autorización nacional y la Tarjeta azul-UE tienen requisitos de cualificación, duración mínima del contrato y salario diferentes. La modalidad se decide con el puesto y la documentación concreta.
Una oferta cualificada no es cualquier autorización de trabajo
El puesto, la empresa y tu perfil deben encajar
Esta página trata la autorización de residencia para profesionales altamente cualificados y la Tarjeta azul-UE. No es la autorización ordinaria por cuenta ajena, no sustituye la residencia para investigación, no es teletrabajo internacional para una empresa extranjera y no permite permanecer sin trabajar para buscar empleo o preparar un proyecto empresarial.
Requisitos y puntos clave
La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.
Autorización nacional o Tarjeta azul-UE
La autorización nacional parte de una titulación equiparable al menos al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior o de al menos tres años de experiencia equiparable. La Tarjeta azul-UE exige, con carácter general, una cualificación de enseñanza superior de al menos tres años equivalente al nivel 2, o cinco años de experiencia equiparable y pertinente; en perfiles TIC puede operar la regla específica de tres años dentro de los siete anteriores.
Contrato u oferta firme
Para la Tarjeta azul-UE, el contrato u oferta firme debe cubrir al menos seis meses y garantizar actividad continuada. En todos los casos hay que revisar funciones, jornada, duración, salario, convenio y relación entre el puesto y tu cualificación.
Umbral salarial oficial de 2026
La referencia oficial de junio de 2026 fija 41.356,36 € brutos anuales como umbral general y también como umbral único para la autorización nacional. El umbral reducido de 33.085,09 € solo puede aplicarse a determinados supuestos de Tarjeta azul-UE; comprueba siempre la referencia vigente antes de presentar.
Profesión regulada
Si el puesto corresponde a una profesión regulada, la homologación o el reconocimiento profesional exigible pertenece a la normativa sectorial y debe resolverse antes o junto con la solicitud según el caso.
Requisitos generales
Hay que comprobar que eres nacional de un tercer país, mayor de edad, no estás en situación irregular, no tienes antecedentes penales relevantes ni prohibición de entrada, dispones de seguro y recursos suficientes y abonas la tasa correspondiente.
Solicitud, tasa y resolución UGE-CE
La empresa extranjera, el profesional o la persona legitimada presenta telemáticamente el modelo MI-T ante la UGE-CE. La tasa 790 código 038, epígrafe 7.1, se paga dentro de los diez días hábiles desde la admisión; la resolución debe dictarse en 20 días y el silencio es favorable.
Visado, alta y TIE
Si estás fuera de España y se concede, solicitas el visado en un mes; debes entrar durante su vigencia y darte de alta en Seguridad Social. Si la autorización supera seis meses, solicitas personalmente la TIE dentro del mes siguiente al alta.
Duración, familiares y renovación
La autorización dura tres años o el contrato más tres meses si es inferior, sin superar tres años. Cónyuge o pareja, hijos y ascendientes a cargo pueden solicitar autorización vinculada con MI-F. La renovación y la larga duración tienen requisitos propios.
Documentación habitual
No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.
Ver documentación habitual +
Modelo oficial MI-T de Movilidad Internacional-Titular cumplimentado y firmado por la empresa, el profesional o la persona legitimada; modelo MI-F para familiares cuando corresponda.01
Copia completa y vigente del pasaporte o documento de viaje.02
Certificado original de antecedentes penales de los países donde hayas residido durante los dos últimos años y declaración responsable sobre los cinco años anteriores.03
Titulación de educación superior legalizada o apostillada, o acreditación de la experiencia profesional equiparable; homologación o reconocimiento si la profesión está regulada.04
Contrato de trabajo firmado o documentación de la relación profesional, con puesto, funciones, duración, jornada y retribución.05
Documentación de la empresa: NIF, escritura inscrita, representación de quien firma y datos de la entidad solicitante cuando proceda.06
Acreditación de seguro de enfermedad y recursos económicos suficientes para la persona titular y familiares, si corresponde.07
Justificante de la tasa 790 código 038, epígrafe 7.1, y documentos extranjeros traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados cuando corresponda.08
La Hoja 66 es orientativa y solo se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. La cifra salarial depende de la referencia oficial publicada y puede actualizarse. Una oferta, una titulación o una experiencia no garantizan la autorización: funciones, empresa, modalidad, salario, profesión regulada y documentación deben encajar. El diagnóstico de 49 € no sustituye el pago de la tasa, el visado, el alta en Seguridad Social, la TIE ni la gestión ante la UGE-CE. Requerimientos, denegaciones, movilidad europea o profesiones reguladas pueden requerir derivación jurídica o sectorial especializada.
Qué puedes esperar
El diagnóstico incluye
Diagnóstico individual por 49 € de la oferta, el puesto, la empresa y el perfil profesional.
Comparación entre autorización nacional y Tarjeta azul-UE, incluida la comprobación inicial del umbral salarial publicado.
Ordenación de contrato, titulación o experiencia, salario, antecedentes, seguro, recursos y documentos de la empresa.
Explicación del canal UGE-CE, tasa, resolución, visado, TIE, familiares y siguiente paso antes de avanzar.
Lo que no sustituye
No garantiza la concesión, el salario aplicable, el plazo de resolución ni la obtención del visado o TIE.
No incluye tasas, traducciones, legalizaciones, apostillas, homologación, colegiación ni costes de terceros.
El diagnóstico no prepara ni presenta la solicitud ante la UGE-CE ni gestiona visado, alta, TIE o familiares; esas actuaciones requieren un alcance separado.
No incluye negociación del contrato, selección de empleo, validación técnica de la empresa ni asesoría fiscal o laboral recurrente.
No incluye recursos, requerimientos complejos, movilidad a otro Estado miembro o representación jurídica salvo propuesta específica.
Así avanzamos contigo
01
Identificamos el puesto
Ordenamos empresa, funciones, jornada, duración, salario y lugar de trabajo antes de elegir la autorización.
02
Comparamos las modalidades
Comprobamos autorización nacional o Tarjeta azul-UE y separamos esta vía de cuenta ajena ordinaria, investigación y teletrabajo internacional.
03
Reunimos la prueba
Relacionamos MI-T o MI-F, contrato, titulación o experiencia, salario, antecedentes, seguro, recursos y documentación de la empresa.
04
Planificas la presentación
Te explicamos el canal UGE-CE, la tasa 790-038/7.1, la resolución, el visado, el alta, la TIE, familiares y los límites de una revisión inicial.
La oferta comercial todavía está pendiente de validación con el catálogo maestro. Podemos orientarte sobre tu caso sin publicar un precio no verificado.
Precio pendiente de validación
Pendiente de catálogo
Incluye
Diagnóstico individual por 49 € de la oferta, el puesto, la empresa y el perfil profesional.
Comparación entre autorización nacional y Tarjeta azul-UE, incluida la comprobación inicial del umbral salarial publicado.
Ordenación de contrato, titulación o experiencia, salario, antecedentes, seguro, recursos y documentos de la empresa.
Explicación del canal UGE-CE, tasa, resolución, visado, TIE, familiares y siguiente paso antes de avanzar.
No incluye
No garantiza la concesión, el salario aplicable, el plazo de resolución ni la obtención del visado o TIE.
No incluye tasas, traducciones, legalizaciones, apostillas, homologación, colegiación ni costes de terceros.
El diagnóstico no prepara ni presenta la solicitud ante la UGE-CE ni gestiona visado, alta, TIE o familiares; esas actuaciones requieren un alcance separado.
No incluye negociación del contrato, selección de empleo, validación técnica de la empresa ni asesoría fiscal o laboral recurrente.
No incluye recursos, requerimientos complejos, movilidad a otro Estado miembro o representación jurídica salvo propuesta específica.
Tasas y costes externos
Tasas administrativas, traducciones, legalizaciones y terceros se confirmarían por separado cuando correspondan.
Fuentes oficiales
Información revisada con fuentes oficiales
Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.
Contenido revisado en 12 de agosto de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.
Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
10 de noviembre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.
Cuéntanos qué puesto te ofrecen, quién es la empresa, qué titulación o experiencia puedes acreditar y si el trabajo es regulado. Si después contratas la gestión, descontamos los 49 € durante 30 días.
Revisión individual del puesto, empresa y perfil
Comparación inicial entre autorización nacional y Tarjeta azul-UE
Derivación si aparecen homologación, movilidad europea o una incidencia compleja
Tus datos están protegidos. Solo los usamos para contactarte y darte información relacionada con tu solicitud.
Enviar solicitud
La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.
El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.
Preguntas frecuentes
Respuestas antes de solicitar un diagnóstico.
¿Qué es una autorización para profesionales altamente cualificados?
Es una autorización de residencia para que una empresa incorpore en España a una persona extranjera en una relación laboral o profesional de alta cualificación. Puede corresponder la autorización nacional o la Tarjeta azul-UE, según el puesto, la cualificación, el contrato y los requisitos aplicables.
¿Cuál es la diferencia entre la autorización nacional y la Tarjeta azul-UE?
La autorización nacional y la Tarjeta azul-UE tienen umbrales de cualificación y condiciones diferentes. La Tarjeta azul-UE exige, entre otros elementos, una oferta o contrato de alta cualificación de al menos seis meses y un umbral salarial vigente; no se elige solo por tener una titulación universitaria.
¿Qué salario se exige para la Tarjeta azul-UE?
La referencia oficial de junio de 2026 fija 41.356,36 € brutos anuales como umbral general y 33.085,09 € como umbral reducido en determinados supuestos de Tarjeta azul-UE. La cifra debe comprobarse en la publicación vigente antes de presentar porque se actualiza con los datos salariales oficiales.
¿Qué salario se exige para la autorización nacional?
La actualización oficial de junio de 2026 fija un umbral único de 41.356,36 € brutos anuales para la autorización nacional de profesionales altamente cualificados. No se aplica a esta modalidad el umbral reducido de la Tarjeta azul-UE.
¿Puedo usar esta vía con tres años de experiencia?
Puede ser suficiente para la autorización nacional si la experiencia es equiparable y está relacionada con el puesto, conforme a las instrucciones aplicables. Para la Tarjeta azul-UE la regla general es de cinco años, con una regla específica para profesionales y directores TIC de tres años dentro de los siete anteriores.
¿Necesito homologar mi título?
Si vas a ejercer una profesión regulada, debes acreditar la homologación o el reconocimiento profesional que exija la normativa sectorial. Para una profesión no regulada, la documentación de cualificación o experiencia se analiza de otra forma. La autorización migratoria no sustituye la habilitación profesional.
¿Quién presenta y cuánto tarda el procedimiento?
La empresa extranjera, el profesional o la persona legitimada presenta telemáticamente el modelo MI-T ante la UGE-CE. La tasa 790 código 038, epígrafe 7.1, se paga dentro de los diez días hábiles desde la admisión y el plazo máximo de resolución es de 20 días; si no se notifica, el silencio es favorable.
¿Es lo mismo que una autorización ordinaria por cuenta ajena?
No. La cuenta ajena ordinaria y la autorización para profesionales altamente cualificados tienen requisitos y procedimientos distintos. Hay que comparar el puesto, el empleador, la cualificación, el salario y la situación migratoria antes de decidir.
¿Es lo mismo que la residencia para investigación?
No. Investigación exige que la actividad y la entidad encajen en el artículo 72 de la Ley 14/2013. La alta cualificación se centra en un puesto laboral o profesional de alta cualificación; pueden coincidir perfiles, pero la finalidad y la prueba no son las mismas.
¿Cuándo solicito el visado y la TIE?
Si estás fuera de España y la autorización es favorable, debes solicitar personalmente el visado en el plazo de un mes desde la notificación al empleador. Tras entrar, debes darte de alta en Seguridad Social; si la autorización supera seis meses, la TIE se solicita personalmente dentro del mes siguiente al alta.
¿Pueden venir mis familiares?
El cónyuge o pareja, los hijos menores o adultos dependientes que no hayan formado una unidad familiar independiente y los ascendientes a cargo pueden solicitar una autorización vinculada, conjunta, simultánea o sucesiva, mediante el modelo MI-F y con documentos propios.
¿La orientación garantiza que me concedan la autorización?
No. La decisión corresponde a la Administración y depende de la normativa vigente y del expediente. Requerimientos, denegaciones, profesiones reguladas, movilidad europea o cuestiones laborales y empresariales complejas pueden requerir derivación jurídica o sectorial especializada.
Comprueba la vía antes de aceptar la oferta
Solicita un diagnóstico de 49 € para ordenar puesto, empresa, cualificación, salario, tasa y documentos antes de comprometer fechas o una incorporación. El importe se descuenta de la gestión durante 30 días.