Extranjería · Regularización 2026

Entiende qué está pasando con tu expediente

El plazo para presentar nuevas solicitudes terminó el 30 de junio de 2026. Si registraste la tuya dentro de plazo, empieza con un diagnóstico individual de 49 € para ordenar la admisión, el estado, las comunicaciones y el siguiente paso. Si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

La información pública es gratuita. El diagnóstico individual cuesta 49 € e incluye la revisión de tu situación, riesgos, documentación y siguientes pasos; si después contratas la gestión, se descuenta.

  • Revisión individual
  • Fuentes oficiales
  • Sin promesas falsas

En 30 segundos

Comprueba el encaje antes de avanzar

Esta guía ordena el supuesto, los documentos y el siguiente paso sin sustituir una revisión individual del expediente.

Punto de partida
Qué autorización, vínculo o documento tienes ahora.
Clave del trámite
El requisito que suele decidir si la vía puede encajar.
Documentación
La prueba habitual que conviene reunir primero.
Siguiente paso
Una orientación antes de preparar o presentar.

Antes de empezar

¿Qué situación quieres revisar?

Esta página es para expedientes presentados dentro del plazo oficial. No abre una nueva vía ni sustituye la notificación de la Administración: primero hay que identificar qué documento has recibido y por qué canal.

  • Presentaste antes del 30 de junio de 2026

    Conservas el justificante, el número de expediente o la documentación que acredita cómo y cuándo registraste la solicitud.

  • Tienes dudas sobre la admisión o el estado

    Quieres interpretar la consulta oficial, una ausencia de información o la diferencia entre solicitud presentada y procedimiento iniciado.

  • Has recibido una comunicación o resolución

    Necesitas ordenar qué significa la comunicación de inicio, qué debes responder o qué hacer después de una concesión, una denegación o un archivo.

  • El plazo de tres meses ya pasó

    Quieres distinguir el silencio desestimatorio de una resolución denegatoria expresa y saber qué efecto puede tener sobre la habilitación provisional.

Estado, admisión y resolución no son lo mismo

La comunicación de inicio cambia el análisis

El justificante acredita que enviaste una solicitud, pero no equivale por sí solo a la admisión o comunicación de inicio, que es la que reconoce la habilitación provisional para residir y trabajar. El estado del portal es informativo; un requerimiento no es una denegación y el silencio desestimatorio no equivale a una denegación expresa ni extingue por sí solo la habilitación reconocida hasta que se notifique una resolución expresa.

Requisitos y puntos clave

La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.

  • Justificante y fecha de presentación

    Identifica el canal utilizado, la fecha, el número o identificador de la solicitud y la persona a la que corresponde.

  • Número de expediente o NIE

    La consulta oficial puede necesitar los datos de localización del expediente. Si todavía no aparece, puede que no haya sido informatizado o que los datos no coincidan.

  • Admisión y comunicación de inicio

    Distingue la comunicación de inicio de la tramitación del simple justificante. Desde esa comunicación puede reconocerse la habilitación provisional para residir y trabajar y, si no tenías NUSS, la Administración puede asignarlo de oficio; el NUSS no equivale al alta en Seguridad Social.

  • NUSS y alta en Seguridad Social

    Comprueba por separado si tienes número de Seguridad Social y si existe un alta laboral efectiva. La asignación de NUSS de oficio facilita la identificación, pero no acredita por sí sola el alta ni sustituye la comunicación de inicio.

  • Canal de notificación actualizado

    Revisa el domicilio y el canal indicado en la solicitud. Las comunicaciones pueden llegar por domicilio o por DEHú si elegiste medios electrónicos; una notificación pendiente puede cambiar el plazo de respuesta.

  • Incidencia si no aparece la admisión

    Si tienes NIE pero no recibes la comunicación de inicio o el expediente no aparece, consulta primero el estado oficial y utiliza el canal de incidencias de Extranjería con tu número de expediente. No dupliques la solicitud.

  • Requerimiento y plazo concreto

    Si recibes un requerimiento, sigue exactamente la notificación: documento solicitado, canal y fecha límite. La aportación puede hacerse por Mercurio sin cita o en una oficina de Correos habilitada.

  • Tres meses, silencio y resolución expresa

    El plazo máximo ordinario es de tres meses y el silencio es desestimatorio, pero el criterio oficial de 22 de julio de 2026 indica que la habilitación provisional no se extingue por el silencio y permanece hasta la resolución expresa.

  • Resolución favorable y año de vigencia

    Una resolución favorable abre la TIE dentro del mes siguiente a la notificación. La autorización dura un año y no se renueva directamente: después hay que estudiar la modificación ordinaria que corresponda.

Documentación habitual

No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.

Ver documentación habitual
  1. Justificante completo de presentación, resguardo de cita o documento del representante que indique fecha y canal.01
  2. Número de expediente, NIE, identificador de solicitud y copia del formulario presentado, si los tienes.02
  3. Comunicación de admisión o inicio de la tramitación y cualquier aviso o notificación posterior, incluida la DEHú si la usaste.03
  4. Requerimiento recibido, con anexos, fecha de notificación y plazo para responder.04
  5. Resolución favorable, denegatoria o de archivo, completa y con la información sobre recursos cuando corresponda.05
  6. Modelo presentado: EX-31 si accediste por protección internacional (disposición adicional vigésima) o EX-32 si accediste por arraigo extraordinario (disposición adicional vigesimoprimera), si conservas la copia.06
  7. Justificante de la tasa 790 código 052, epígrafe 2.3.1, cuando ya te haya sido requerida: 38,28 € para personas adultas y 10,94 € para menores.07
  8. Pasaporte, documento de identidad y TIE anterior si existe, sin enviar datos sensibles por canales no verificados.08

El plazo para presentar nuevas solicitudes terminó el 30 de junio de 2026. Esta página solo sirve para ordenar expedientes presentados dentro de plazo; no permite iniciar una solicitud nueva, duplicar la solicitud ni garantiza una resolución favorable. El diagnóstico comercial de 49 € es una revisión del expediente: no es una tasa administrativa ni un cobro por presentar una nueva solicitud. El efecto del silencio, la habilitación provisional, un requerimiento o un recurso debe revisarse con el documento y las fechas de tu expediente.

Qué puedes esperar

El diagnóstico incluye

  • Diagnóstico individual por 49 € del estado, la cronología y los documentos disponibles, descontable de la gestión durante 30 días.
  • Diferenciación entre justificante, admisión, comunicación de inicio, requerimiento, silencio y resolución.
  • Explicación de los próximos pasos posibles: aportar documentos, consultar, recurrir, pedir la TIE o estudiar una modificación.
  • Revisión inicial para decidir si hace falta una actuación específica.

Lo que no sustituye

  • No incluye preparación ni presentación de una nueva solicitud de regularización.
  • No garantiza la concesión, la rapidez de la Oficina ni la actualización del estado online.
  • No incluye la respuesta completa a un requerimiento ni un recurso contra una denegación salvo propuesta expresa.
  • No incluye la tasa, la cita policial, el desplazamiento ni la expedición física de la TIE.

Así avanzamos contigo

  1. 01

    Ordena el expediente

    Reunimos el justificante, el número de expediente, la comunicación de inicio y las notificaciones disponibles.

  2. 02

    Comprueba la fuente

    Contrastamos el estado en el portal oficial y el canal de notificación, sin duplicar solicitudes ni confundir una pantalla informativa con una resolución.

  3. 03

    Clasifica lo recibido

    Identificamos si se trata de una falta de actualización, una admisión, un requerimiento, un silencio, una concesión, una denegación o un archivo.

  4. 04

    Decides el siguiente paso

    Te explicamos si corresponde aportar documentos, consultar una incidencia, valorar un recurso, tramitar la TIE o estudiar una modificación.

Oferta comercial

Seguimiento de regularización extraordinaria 2026

Consulta de estado y próximos pasos.

25 €

Incluye

  • Consulta de estado y próximos pasos.

No incluye

  • No incluye preparación ni presentación completa.

Tasas y costes externos

  • Tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones y terceros, cuando correspondan.

¿Aún necesitas confirmar si esta vía encaja contigo? Solicita el diagnóstico de 49 €; si después contratas esta gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

Fuentes oficiales

Información revisada con fuentes oficiales

Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.

Contenido revisado en 13 de agosto de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
11 de noviembre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.

Contacto

Revisa qué significa tu estado

Cuéntanos cuándo presentaste, qué justificante o comunicación tienes, por qué canal te notifican y qué aparece en la consulta oficial. El diagnóstico individual cuesta 49 € y se descuenta durante 30 días si después contratas la gestión completa.

  • Una primera lectura del estado, el canal y los documentos disponibles
  • Diferenciación entre admisión, requerimiento, silencio, resolución y TIE
  • Siguiente paso explicado sin prometer una concesión ni una resolución rápida

Enviar solicitud

La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.

El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

Respuestas antes de solicitar un diagnóstico.

¿Puedo presentar ahora una nueva solicitud de regularización extraordinaria?

No por esta vía. El plazo oficial terminó el 30 de junio de 2026. Si no presentaste dentro de plazo, hay que revisar otras vías y no enviar una solicitud fuera del procedimiento cerrado.

¿El justificante de presentación me permite trabajar?

No necesariamente. El justificante acredita el envío de la solicitud. La habilitación provisional para residir y trabajar se vincula a la comunicación de inicio de la tramitación, que debe distinguirse del simple resguardo.

¿Dónde puedo consultar el estado de mi expediente?

Puedes usar el portal oficial de consulta de expedientes de Extranjería con Cl@ve o formulario: infoext2.delegaciondelgobierno.gob.es/infoext2/. El resultado es informativo, los tiempos no siguen necesariamente un orden cronológico y no conviene duplicar la solicitud.

¿Cómo recibiré las comunicaciones?

La Administración puede notificar en el domicilio o canal indicado en la solicitud. Si elegiste medios electrónicos, revisa la Dirección Electrónica Habilitada (DEHú) y mantén actualizados tus datos de contacto.

¿Qué hago si aparece un requerimiento?

Lee la notificación completa, identifica el documento que pide, el canal y la fecha límite, y conserva el justificante de respuesta. Puedes aportar documentación por Mercurio sin cita o en una oficina de Correos habilitada. Un requerimiento no equivale a una denegación.

¿Qué ocurre si la resolución es favorable?

Debes solicitar personalmente la TIE ante la Policía Nacional dentro del mes siguiente a la notificación de la resolución favorable. La cita, la tasa y la expedición física no forman parte de esta consulta de seguimiento.

¿Cuándo comienza la habilitación provisional para trabajar?

Comienza con la comunicación de admisión o inicio de la tramitación, no con el simple justificante de presentación. La comunicación debe reconocer esa habilitación y, si no tenías NUSS, la Administración puede asignarlo de oficio.

¿El NUSS equivale al alta en Seguridad Social?

No. El NUSS es un número de identificación en la Seguridad Social y puede asignarse de oficio a personas admitidas que no lo tenían; no demuestra por sí solo que exista un alta laboral ni sustituye la comunicación de inicio o la habilitación provisional reconocida.

¿Qué hago si tengo NIE pero no recibo la comunicación de inicio?

Consulta el estado oficial y comprueba que los datos coinciden. Si el expediente no aparece o detectas una incidencia, utiliza el canal oficial de incidencias de Extranjería con el número de expediente: centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/ExtranjeriaREG. No presentes otra solicitud para intentar acelerar la tramitación.

¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?

La denegación expresa produce la pérdida automática de la habilitación provisional para trabajar en los supuestos regulados. Debes leer la resolución completa y sus recursos; no conviene responder como si fuera una simple subsanación.

¿Y si pasan tres meses sin resolución?

El plazo máximo ordinario es de tres meses y el silencio es desestimatorio, con los efectos previstos para valorar los recursos. El criterio interpretativo oficial de 22 de julio de 2026 aclara que, si recibiste la comunicación de inicio, el silencio no extingue por sí solo la habilitación provisional: permanece hasta que se notifique una resolución expresa.

¿La autorización se renueva al cumplir un año?

No directamente. La autorización extraordinaria tiene una vigencia inicial de un año; antes de que termine debes estudiar la modificación a una autorización ordinaria que corresponda a tu situación, trabajo o actividad.

¿Qué tasa debo pagar y cuándo?

La tasa administrativa es el modelo 790 código 052, epígrafe 2.3.1: 38,28 € para personas adultas y 10,94 € para menores. Se abona dentro de diez días hábiles desde la admisión cuando sea exigible; si no tienes NIE, debes esperar a que la comunicación indique cómo y cuándo pagarla. El diagnóstico comercial de 49 € es independiente de esa tasa.

No confundas el estado con la resolución

Ordena la comunicación oficial y el documento que tienes antes de responder, trabajar, recurrir o pedir una TIE. Empieza con un diagnóstico individual de 49 €, descontable de la gestión durante 30 días.

Para empezar, nos ayuda saber

  1. 01Qué está ocurriendo ahora
  2. 02Si tienes una cita o una fecha próxima
  3. 03Qué documentos ya tienes
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