Extranjería · Renovación no lucrativa

¿Se acerca la renovación de tu residencia no lucrativa?

Empieza con un diagnóstico individual de 49 € para revisar el plazo, la residencia efectiva, los medios, el seguro y los documentos de tu renovación. Si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

La información pública es gratuita. El diagnóstico individual cuesta 49 € e incluye la revisión de tu situación, riesgos, documentación y siguientes pasos; si después contratas la gestión, se descuenta.

  • Revisión individual
  • Fuentes oficiales
  • Sin promesas falsas

En 30 segundos

Comprueba plazo, días y medios antes de renovar

Una renovación no es una solicitud inicial: hay que demostrar continuidad real de las condiciones durante la autorización anterior.

Punto de partida
Residencia temporal no lucrativa en vigor o recién caducada.
Plazo
Dos meses antes o hasta tres meses después; la residencia efectiva supera 183 días según el supuesto.
Formulario habitual
EX-01, medios económicos, seguro, escolarización y tasa cuando corresponda.
No es esta vía
Si ahora trabajas o eres autónomo, revisa una modificación o renovación de trabajo.

Antes de empezar

¿Cuándo conviene revisar esta renovación?

La Hoja 7 y el artículo 64 parten de una autorización previa y exigen demostrar que mantienes las condiciones de residencia sin actividad laboral o profesional. El diagnóstico comprueba el plazo, la residencia efectiva, los medios, el seguro y el encaje antes de preparar o presentar la solicitud.

  • Tu autorización está próxima a caducar

    La solicitud se presenta durante los dos meses previos a la fecha de expiración. También existe un plazo posterior de tres meses, con posibles consecuencias sancionadoras y sin confundirlo con la presentación ordinaria en plazo.

  • Sigues teniendo medios y seguro

    Debes acreditar recursos suficientes para tu manutención y residencia, además de haber mantenido y continuar con un seguro de enfermedad.

  • Has residido de forma efectiva en España

    La Hoja 7 exige haber residido real y efectivamente en España durante más de 183 días durante el año natural.

  • Tu familia cumple las condiciones

    Si tienes menores a cargo en edad de escolarización obligatoria, debes poder acreditar su escolarización durante su permanencia en España.

Renovar la residencia no lucrativa no es empezar otra vez

La renovación parte de tu autorización actual

La renovación de residencia no lucrativa mantiene esta autorización cuando cumples el artículo 64 y acreditas sus condiciones. No es la autorización inicial que se solicita con visado desde el consulado, no habilita para trabajar ni sustituye el alta como autónomo, no es una renovación de cuenta ajena o cuenta propia, no equivale a solicitar larga duración y tampoco es renovar físicamente la TIE.

Requisitos y puntos clave

La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.

  • Autorización previa y plazo

    Debes ser titular de una residencia temporal no lucrativa en vigor o estar dentro de los tres meses posteriores a su caducidad. Presentar durante los dos meses previos prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución; presentar después puede implicar un procedimiento sancionador.

  • Medios económicos sin actividad laboral

    Acredita recursos suficientes para tus gastos de manutención y residencia y, en su caso, los de tu familia durante el periodo que se renueva, sin necesidad de trabajar.

  • Seguro de enfermedad mantenido

    Debes haber mantenido durante la vigencia de la autorización y continuar con un seguro de enfermedad que cumpla las condiciones aplicables.

  • Residencia efectiva en España

    La regla de la Hoja 7 exige haber residido real y efectivamente en España durante más de 183 días durante el año natural.

  • Menores y condiciones generales

    Los menores a cargo en edad obligatoria deben estar escolarizados; también se revisan antecedentes en España y países de residencia, situación de rechazable y demás condiciones legales del supuesto.

  • Canal y tasa

    La persona titular presenta la solicitud telemáticamente por Mercurio. La tasa se devenga al presentar a trámite y es el modelo 790 código 052, epígrafe 2.2.1, que debe abonarse en diez días hábiles.

  • Resolución, vigencia y TIE

    El plazo de resolución es de tres meses y el silencio es estimatorio, con posibilidad de pedir certificado. La autorización renovada dura dos años salvo larga duración o larga duración-UE; la TIE se solicita personalmente en un mes desde la notificación.

Documentación habitual

No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.

Ver documentación habitual
  1. Modelo oficial EX-01 cumplimentado y firmado por la persona extranjera.01
  2. Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor, reconocido como válido en España.02
  3. Justificantes de medios económicos y seguro de enfermedad para el periodo que se renueva.03
  4. Informe de las autoridades autonómicas que acredite la escolarización de menores a cargo en edad obligatoria, cuando proceda.04
  5. Informe positivo de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma, cuando se utilice o resulte relevante para la valoración.05
  6. Pruebas de residencia efectiva, como pasaporte, entradas, salidas y demás documentos que permitan revisar los más de 183 días durante el año natural.06
  7. Tasa 790 código 052, epígrafe 2.2.1, devengada al presentar y abonada dentro de los diez días hábiles.07
  8. Justificante de presentación, resolución favorable y documentación para solicitar personalmente la TIE dentro del mes siguiente a la notificación.08
  9. Documentos extranjeros traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados cuando proceda.09

La Hoja 7 es orientativa y se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. La continuidad de medios y seguro, la residencia efectiva superior a 183 días, la escolarización y los documentos no garantizan la renovación; las ausencias complejas, incidencias, requerimientos, fiscalidad, seguro médico, denegaciones o representación especializada pueden exigir derivación.

Qué puedes esperar

El diagnóstico incluye

  • Revisión individual de la autorización, fecha de caducidad y días de residencia en España.
  • Comprobación inicial de medios económicos, seguro, escolarización y documentos críticos.
  • Identificación de obstáculos y de la diferencia entre renovar, cambiar de vía o estudiar larga duración.
  • Siguientes pasos y presupuesto de gestión completa, con los límites explicados antes de avanzar.

Lo que no sustituye

  • No garantiza la renovación, el silencio favorable ni un plazo concreto de resolución.
  • El diagnóstico no prepara ni presenta la renovación; esa es la gestión completa.
  • No incluye incidencias, requerimientos, recursos ni cambios de vía.
  • No incluye asesoramiento fiscal, médico o financiero, traducciones, apostillas, legalizaciones ni tasas o servicios de terceros.
  • La larga duración, la renovación independiente de la TIE y cualquier alcance adicional requieren revisión separada.

Así avanzamos contigo

  1. 01

    Comprobamos el plazo y la autorización

    Revisamos la fecha de caducidad, el tipo de residencia y si estás dentro del plazo ordinario o posterior.

  2. 02

    Ordenamos las pruebas

    Comparamos medios económicos, seguro, días de residencia, escolarización y documentos de tu situación.

  3. 03

    Recibes el diagnóstico

    Te entregamos los requisitos críticos, los obstáculos, las pruebas de residencia, la tasa, los documentos pendientes y el siguiente paso recomendado.

  4. 04

    Decides cómo avanzar

    Puedes presentar por tu cuenta o contratar la gestión completa de 220 €; si la contratas durante 30 días, descontamos los 49 € del diagnóstico.

Oferta comercial

Renovación de residencia no lucrativa

Revisión de la autorización y de sus requisitos, preparación de la solicitud EX-01, presentación y entrega del justificante de registro.

220 €

Incluye

  • Revisión de la autorización y de sus requisitos, preparación de la solicitud EX-01, presentación y entrega del justificante de registro.

No incluye

  • Incidencias, requerimientos, recursos, cambio de vía, asesoramiento fiscal, médico o financiero, traducciones, legalizaciones y tasas requieren alcance o coste separado.

Tasas y costes externos

  • Tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones y terceros, cuando correspondan.

¿Aún necesitas confirmar si esta vía encaja contigo? Solicita el diagnóstico de 49 €; si después contratas esta gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

Fuentes oficiales

Información revisada con fuentes oficiales

Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.

Contenido revisado en 13 de agosto de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
11 de noviembre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.

Contacto

Empieza por un diagnóstico de 49 €

Cuéntanos cuándo caduca tu autorización, cuántos días has residido en España, cómo acreditas tus medios y qué seguro o documentos tienes. Si después contratas la gestión, descontamos los 49 € durante 30 días.

  • Revisión individual del plazo y los requisitos
  • Comprobación inicial de medios, seguro y residencia efectiva
  • Siguiente paso explicado sin prometer una resolución

Enviar solicitud

La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.

El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

Respuestas antes de solicitar un diagnóstico.

¿Cuándo puedo presentar la renovación de la residencia no lucrativa?

Durante los dos meses previos a la fecha de expiración. También puedes presentarla dentro de los tres meses posteriores, aunque puede iniciarse un procedimiento sancionador.

¿Presentar dentro de plazo prorroga mi autorización?

Sí. La presentación durante los dos meses previos prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución. Presentar dentro de los tres meses posteriores puede ser posible, pero no debe confundirse con la presentación ordinaria en plazo y puede implicar un procedimiento sancionador.

¿Cuántos días debo haber residido en España?

La Hoja 7 y el artículo 64 exigen haber residido de forma real y efectiva en España durante más de 183 días durante el año natural. Conviene revisar entradas, salidas y documentos antes de presentar.

¿Puedo trabajar durante la residencia no lucrativa?

La residencia no lucrativa no habilita para realizar actividades laborales o profesionales. Si tu situación ahora incluye trabajo o actividad como autónomo, debes revisar si corresponde otra autorización o una modificación.

¿Qué medios económicos debo acreditar?

Debes acreditar medios suficientes para tu manutención y residencia y, en su caso, la de tu familia durante el periodo de renovación, sin necesidad de desarrollar una actividad laboral o profesional. La forma concreta de prueba debe revisarse al presentar.

¿Cuánto dura la autorización renovada?

La regla general es una vigencia de dos años, salvo que corresponda solicitar una autorización de residencia de larga duración o de larga duración-UE.

¿La renovación incluye la nueva TIE?

No. La renovación es la autorización administrativa. Tras la notificación de la renovación debes solicitar la renovación física de la TIE dentro del mes siguiente ante la Policía o servicio competente.

¿Qué tasa debo pagar y cuándo?

La Hoja 7 indica el modelo 790 código 052, epígrafe 2.2.1, que se devenga al presentar a trámite y debe abonarse en diez días hábiles. Es un coste administrativo externo al diagnóstico y a la gestión.

¿El silencio administrativo es favorable?

Sí. Si transcurren tres meses desde la presentación sin notificación, la Hoja 7 indica que la renovación puede entenderse estimada por silencio administrativo. Conserva el justificante y pide el certificado cuando necesites acreditar el resultado.

¿Dónde se presenta la renovación?

La persona titular presenta la renovación telemáticamente por Mercurio. Después de la notificación favorable debe solicitar personalmente la TIE en la comisaría o servicio policial competente.

¿Qué incluye la gestión y cuánto cuesta?

La gestión ordinaria de la renovación de residencia no lucrativa cuesta 220 € e incluye la revisión de la autorización y sus requisitos, la preparación de la solicitud EX-01, la presentación y la entrega del justificante de registro. El diagnóstico inicial cuesta 49 € y se descuenta si contratas la gestión durante los 30 días siguientes. Incidencias, requerimientos, recursos, cambio de vía, asesoramiento fiscal, médico o financiero, traducciones, legalizaciones y tasas quedan fuera o requieren un alcance separado.

Renueva con las pruebas adecuadas

Solicita un diagnóstico de 49 € antes de pagar la tasa o presentar tu renovación. Si después contratas la gestión completa, el importe se descuenta durante 30 días.

Para empezar, nos ayuda saber

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