Extranjería · Residencia no lucrativa

¿Quieres residir en España sin trabajar?

La residencia temporal no lucrativa puede encajar si quieres vivir en España sin realizar actividades laborales o profesionales y puedes acreditar tus medios y seguro médico.

La orientación inicial es gratuita y sirve para ubicar tu vía. Si necesitas una consulta completa o preparar el expediente, te explicaremos el alcance y el precio antes de empezar.

  • Orientación clara
  • Fuentes oficiales
  • Sin promesas falsas

En 30 segundos

Confirma que tu objetivo es residir sin actividad laboral

Esta autorización no es una vía de trabajo ni una tarjeta: primero hay que comprobar recursos, seguro, visado y situación de partida.

Objetivo
Vivir en España sin realizar actividades laborales o profesionales.
Claves
Medios económicos, seguro médico, antecedentes y documentos familiares cuando proceda.
Formulario habitual
EX-01 y documentación para autorización, visado y posterior TIE.
No permite
Trabajar por cuenta ajena o propia; si tu objetivo cambió, revisa otra autorización.

Antes de empezar

¿Cuándo conviene revisar esta autorización?

El punto de partida es querer residir en España sin trabajar y poder demostrar recursos, seguro y documentación suficiente para la solicitud consular.

  • Quieres residir sin trabajar

    Tu objetivo es vivir en España sin realizar actividades laborales o profesionales durante la vigencia de esta autorización.

  • Puedes acreditar medios económicos

    Debes demostrar recursos suficientes para tu sostenimiento y, si corresponde, el de tus familiares durante el periodo solicitado.

  • Cuentas con seguro médico

    Necesitas un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad autorizada para operar en España.

  • Vas a solicitar desde fuera de España

    La autorización inicial se solicita junto con el visado de residencia ante el consulado español competente de tu lugar de residencia.

Residir sin trabajar no es una autorización laboral

El objetivo de residencia determina la vía

La residencia no lucrativa permite residir sin realizar actividades laborales o profesionales. No es una autorización por cuenta ajena ni por cuenta propia, no es una estancia por estudios, no sustituye la reagrupación familiar, no equivale a la residencia para emprendedores y tampoco es una renovación o una autorización de larga duración.

Requisitos y puntos clave

La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.

  • Solicitud inicial y régimen aplicable

    La vía se dirige a personas fuera del régimen de ciudadanía de la Unión que solicitan la residencia inicial desde su país de residencia y no se encuentran irregularmente en España.

  • Medios económicos suficientes

    Como referencia legal mínima, se exige el 400 % del IPREM mensual para la persona solicitante y un 100 % adicional por cada familiar a cargo, con la cuantía global correspondiente al periodo de autorización.

  • Seguro y salud

    Debes acreditar un seguro de enfermedad autorizado para operar en España y el certificado médico que corresponda al procedimiento.

  • Antecedentes y condiciones generales

    Se revisan antecedentes penales, prohibiciones de entrada, orden público, seguridad y salud pública, además de un eventual compromiso de no retorno.

  • Familiares y documentación acreditable

    La autorización puede contemplar familiares incluidos en la norma, pero cada vínculo, medio económico y documento debe comprobarse según el supuesto.

Documentación habitual

No necesitas tenerlo todo resuelto para pedir orientación. Revisamos qué tienes y qué puede faltar.

Ver documentación habitual
  1. Modelo oficial EX-01 cumplimentado y firmado por la persona extranjera.01
  2. Copia completa del pasaporte o título de viaje válido en España, con la vigencia mínima exigida.02
  3. Certificado de antecedentes penales de los países donde hayas residido durante los cinco años anteriores.03
  4. Documentación bancaria, patrimonial o de ingresos que acredite medios económicos para el periodo solicitado.04
  5. Póliza o certificado de seguro médico autorizado para operar en España.05
  6. Certificado médico y, si corresponde, documentación de los familiares que soliciten la residencia.06
  7. Documentos extranjeros traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados cuando proceda.07
  8. Justificante de la tasa 790 código 052, epígrafe correspondiente a la autorización inicial no lucrativa.08

La Hoja 6 es orientativa y se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. Los recursos económicos, el seguro, los antecedentes, el certificado médico y la valoración consular no garantizan la concesión; los casos complejos pueden requerir derivación consular, fiscal, médica o jurídica especializada.

Qué puedes esperar

La orientación incluye

  • Revisión inicial del objetivo de residencia, la situación personal y los documentos disponibles.
  • Ordenación de medios económicos, seguro, antecedentes, certificado médico y documentación familiar.
  • Preparación y presentación estándar del expediente de autorización y su fase consular cuando corresponda.
  • Explicación del visado, la entrada en España y el paso posterior de la TIE.

Lo que no sustituye

  • No garantiza la autorización, el visado, la entrada ni un plazo concreto de resolución.
  • No incluye tasas, pólizas, certificados médicos, traducciones, apostillas, legalizaciones ni costes consulares.
  • No incluye asesoramiento fiscal, médico o financiero sobre la procedencia o suficiencia de los recursos.
  • No incluye recursos, incidencias consulares, cambios de vía, residencia para emprendedores ni renovación de la autorización.

Así avanzamos contigo

  1. 01

    Definimos el objetivo

    Comprobamos que buscas residir sin trabajar y separamos esta autorización de estudios, trabajo, familia o emprendimiento.

  2. 02

    Ordenamos los medios y documentos

    Revisamos recursos, seguro, pasaporte, antecedentes, certificado médico, vínculos familiares y requisitos de traducción o legalización.

  3. 03

    Preparamos la fase consular

    Te explicamos el modelo EX-01, la tasa, el consulado competente y la relación entre la solicitud de visado y la autorización.

  4. 04

    Planificas la entrada y la TIE

    Tras el visado, revisamos el plazo de entrada y el paso personal de solicitar la TIE dentro del mes siguiente a la entrada.

Oferta comercial

Residencia no lucrativa

Preparación y presentación estándar.

650 €

Incluye

  • Preparación y presentación estándar.

No incluye

  • Fase consular, traducciones, tasas y terceros.

Tasas y costes externos

  • Tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones y terceros, cuando correspondan.

Ventaja para miembros

Precio para miembros: 500 €, con una cuota mensual de 20 €.

Ahorro estimado frente al precio puntual: 30 €.

Coste mínimo con membresía (6 meses): 620 €.

Fuentes oficiales

Información revisada con fuentes oficiales

Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.

Contenido revisado en 29 de julio de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
22 de octubre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.

Mesa de orientación

Revisa tus medios y documentos antes de pedir el visado

Cuéntanos dónde resides, quién viajaría contigo, cómo acreditarías los recursos y qué seguro o documentos ya tienes. Te explicamos el alcance antes de avanzar.

  • Una primera conversación sobre objetivo y unidad familiar
  • Revisión inicial de medios, seguro y documentos disponibles
  • Derivación si aparece una cuestión consular, fiscal, médica o jurídica especializada

Enviar solicitud

La orientación inicial no garantiza resultados ni sustituye una revisión completa del caso. Te ayudaremos a ordenar la información y a identificar próximos pasos.

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Preguntas frecuentes

Respuestas iniciales antes de pedir orientación.

¿Puedo trabajar con una residencia no lucrativa?

No. Esta autorización permite residir sin realizar actividades laborales o profesionales. Si quieres trabajar por cuenta ajena, por cuenta propia o emprender, debes revisar la vía migratoria que corresponda.

¿Cuánto dinero debo acreditar?

El Reglamento fija como referencia mínima el 400 % del IPREM mensual para la persona solicitante y un 100 % adicional por cada familiar a cargo. La cuantía global se calcula para el periodo solicitado y el IPREM o la forma de acreditación deben comprobarse al presentar.

¿Puedo solicitar la autorización estando ya en España?

La autorización inicial no lucrativa se solicita desde el país de residencia mediante el visado consular que lleva asociada la solicitud de autorización. Si ya estás en España, no debes asumir que esta es la vía adecuada: puede existir otro procedimiento según tu situación.

¿Necesito un seguro médico privado?

Debes acreditar un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad autorizada para operar en España. La póliza concreta debe cumplir las exigencias del procedimiento y mantenerse cuando corresponda.

¿Qué ocurre después de la concesión?

La fase consular continúa con la resolución y, si procede, la expedición del visado. Después debes entrar dentro de su vigencia y solicitar personalmente la TIE en el plazo oficial, normalmente dentro del mes siguiente a la entrada.

¿Puedo incluir a mi familia?

La norma contempla determinados familiares, como cónyuge o pareja y descendientes en los supuestos previstos. Cada persona debe acreditar el vínculo, la documentación y los medios económicos adicionales que correspondan.

¿Es lo mismo que la residencia para emprendedores?

No. La residencia no lucrativa parte de que no realizarás actividades laborales o profesionales. La residencia para emprendedores y otras autorizaciones de movilidad tienen otra finalidad, requisitos y procedimiento.

Ordena la residencia antes de presentar en el consulado

La residencia no lucrativa exige demostrar que puedes vivir en España sin trabajar. Revisa medios, seguro y documentos antes de pagar tasas.

Para empezar, nos ayuda saber

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