Extranjería · Actividades formativas

¿Tu formación encaja en la Hoja 2?

La Hoja 2 solo cubre actividades formativas concretas. Empieza con un diagnóstico individual de 49 € para revisar centro, admisión, fechas, documentos y la vía de entrada antes de preparar el visado o la autorización.

La información pública es gratuita. El diagnóstico individual cuesta 49 € e incluye la revisión de tu situación, riesgos, documentación y siguientes pasos; si después contratas la gestión, se descuenta.

  • Revisión individual
  • Fuentes oficiales
  • Sin promesas falsas

En 30 segundos

Comprueba el encaje antes de avanzar

Esta guía ordena el supuesto, los documentos y el siguiente paso sin sustituir una revisión individual del expediente.

Punto de partida
Qué autorización, vínculo o documento tienes ahora.
Clave del trámite
El requisito que suele decidir si la vía puede encajar.
Documentación
La prueba habitual que conviene reunir primero.
Siguiente paso
Una orientación antes de preparar o presentar.

Antes de empezar

¿Qué se considera una actividad formativa?

La Hoja 2 no trata cualquier curso. La autorización permite una estancia superior a 90 días, sigue la duración de la actividad hasta un máximo de un año y añade quince días de vigencia tras finalizarla; el supuesto, el centro, la admisión y el resultado formativo son determinantes.

  • Auxiliar de conversación

    Realizas funciones como auxiliar de conversación en un centro educativo español inscrito en el registro estatal de centros docentes no universitarios o en el registro oficial que corresponda.

  • Estudios idiomáticos presenciales

    Cursas castellano o una lengua cooficial presencialmente en una escuela oficial de idiomas o en un centro acreditado por el Instituto Cervantes u organismo público equivalente, sin que sea tu lengua materna o la lengua oficial de tu país.

  • Preparación sanitaria especializada

    Realizas un curso preparatorio para las pruebas selectivas de formación sanitaria especializada y tienes la titulación española o extranjera reconocida u homologada que permite participar en la convocatoria.

  • Aptitud profesional o certificado profesional

    La formación conduce a una certificación de aptitud técnica o habilitación profesional, o es una formación completa —no modular ni parcial— para obtener certificados profesionales de grado C, niveles 2 o 3.

No todo curso es una actividad formativa

La finalidad y el reconocimiento del programa cambian la vía

Las actividades formativas del artículo 52.1.e tienen supuestos delimitados. No son automáticamente una estancia ordinaria por estudios, movilidad de alumnos de secundaria, voluntariado, movilidad de estudiantes dentro de la UE ni residencia para prácticas. Tampoco basta con llamar “formación” a un curso breve, online, modular o no conducente a la certificación prevista.

Requisitos y puntos clave

La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.

  • Admisión, matrícula y centro

    Debes acreditar la admisión a la actividad formativa, el pago de la matrícula cuando proceda y que el centro o entidad está autorizado para impartir el programa que conduce al certificado, habilitación o cualificación indicada.

  • Situación personal y migratoria

    La Hoja 2 exige no estar sujeto al régimen de ciudadanos de la Unión, no encontrarse irregularmente en España y no figurar como rechazable en los supuestos previstos.

  • Solicitud desde España

    La vía iniciada desde España se limita a la formación conducente a una certificación de aptitud técnica o habilitación profesional. Debes ser mayor de edad, estar en situación de residencia y presentar la solicitud al menos dos meses antes del inicio de la actividad.

  • Solicitud desde fuera y visado

    La solicitud se presenta ante el consulado español de tu demarcación con una antelación mínima de dos meses al inicio. El visado incorpora la autorización de estancia; la tasa consular es independiente y el visado concedido debe recogerse dentro de dos meses desde la notificación.

  • Medios económicos, seguro y salud

    Hay que acreditar medios para la estancia y el retorno —como regla general, el 100 % del IPREM mensual si no se ha pagado el alojamiento—, seguro de enfermedad y el certificado médico cuando sea exigible.

  • Tasa y resolución

    La tasa de autorización es el modelo 790 código 052, epígrafe 1.1.1, devengada al presentar y pagadera en diez días hábiles. Desde el consulado, el visado tiene un plazo máximo de un mes y silencio desestimatorio; desde España, la autorización se resuelve en dos meses y el silencio también es desestimatorio.

  • Duración, TIE y prórroga

    La estancia dura lo que la actividad, con un máximo de un año y quince días adicionales. Si supera seis meses, la TIE se solicita en un mes desde la entrada; la prórroga se pide electrónicamente dos meses antes o tres después, solo una vez, y exige solicitar la TIE en un mes desde la notificación.

  • Trabajo compatible

    La autorización no es un permiso laboral general. En los supuestos aplicables se necesita la autorización de trabajo correspondiente, la actividad debe ser compatible y no superar 30 horas semanales, salvo la formación profesional intensiva según la normativa sectorial; también existen límites geográficos.

Documentación habitual

No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.

Ver documentación habitual
  1. Pasaporte o título de viaje válido en España, con una vigencia mínima de un año, y solicitud de visado nacional cuando la entrada se tramite desde fuera.01
  2. Admisión a la actividad formativa y justificante del pago de inscripción o matrícula cuando corresponda.02
  3. Descripción del programa, centro o entidad, modalidad, duración y certificado, habilitación o cualificación a la que conduce.03
  4. Prueba de medios económicos para la estancia y el retorno, incluidos recursos propios, familiares, ayudas o becas cuando proceda.04
  5. Póliza o certificado de seguro de enfermedad concertado con una entidad autorizada para operar en España.05
  6. Certificado médico y, si la estancia supera seis meses, certificados de antecedentes penales cuando sean exigibles.06
  7. Justificante de la tasa 790 código 052, epígrafe 1.1.1, y justificante de la tasa consular del visado cuando proceda.07
  8. Modelo EX-00 para la solicitud desde España y documentación del procedimiento ante la Oficina de Extranjería o el consulado, según dónde se inicie.08
  9. Documentos extranjeros traducidos al castellano o lengua cooficial y legalizados o apostillados cuando corresponda.09

La Hoja 2 es orientativa y solo se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. No se garantiza la admisión, el visado, la autorización, la TIE, el trabajo ni el plazo de resolución. Un curso que no encaje claramente, una solicitud desde España fuera de los supuestos, una denegación, un requerimiento, documentos dudosos, familiares o necesidad de representación y recursos requieren una revisión especializada.

Qué puedes esperar

El diagnóstico incluye

  • Diagnóstico individual por 49 € para comprobar el supuesto de la Hoja 2, el centro, la admisión, las fechas y la documentación antes de presentar.
  • Identificación inicial del tipo de formación, centro, certificado o habilitación y duración.
  • Ordenación de admisión, matrícula, tasa, medios económicos, seguro y documentos extranjeros.
  • Diferenciación entre solicitud desde fuera o desde España, visado, resolución, TIE, prórroga y trabajo compatible.
  • Derivación cuando el caso exige una revisión documental o jurídica que excede el diagnóstico.

Lo que no sustituye

  • No garantiza la admisión, el visado, la autorización, la TIE, el trabajo ni el plazo de resolución.
  • El diagnóstico no prepara ni presenta el visado, la autorización, la TIE ni la prórroga; esos alcances deben presupuestarse por separado.
  • No presenta solicitudes, visados, matrículas ni documentos ante centros, consulados u oficinas públicas.
  • No incluye tasas, matrícula, seguro, traducciones, legalizaciones, apostillas, alojamiento ni costes de terceros.
  • No incluye recursos, requerimientos, sanciones, familiares, menores o representación jurídica especializada salvo propuesta expresa.

Así avanzamos contigo

  1. 01

    Definimos la formación

    Ordenamos qué actividad realizarás, quién la imparte, si es presencial, cuánto dura y qué certificación o habilitación produce.

  2. 02

    Comprobamos el encaje

    Contrastamos el programa con los supuestos de la Hoja 2 y lo separamos de estudios, prácticas, movilidad o voluntariado.

  3. 03

    Separamos la presentación

    Ubicamos si se inicia desde fuera o desde España y qué papel tienen visado, tasa 790-052, Oficina de Extranjería, TIE y prórroga.

  4. 04

    Decides cómo avanzar

    Te explicamos qué documentación falta y si basta una orientación o conviene una revisión documental o jurídica completa.

Oferta comercial

Precio y alcance por confirmar

La oferta comercial todavía está pendiente de validación con el catálogo maestro. Podemos orientarte sobre tu caso sin publicar un precio no verificado.

Precio pendiente de validación

Pendiente de catálogo

Incluye

  • Diagnóstico individual por 49 € para comprobar el supuesto de la Hoja 2, el centro, la admisión, las fechas y la documentación antes de presentar.
  • Identificación inicial del tipo de formación, centro, certificado o habilitación y duración.
  • Ordenación de admisión, matrícula, tasa, medios económicos, seguro y documentos extranjeros.
  • Diferenciación entre solicitud desde fuera o desde España, visado, resolución, TIE, prórroga y trabajo compatible.
  • Derivación cuando el caso exige una revisión documental o jurídica que excede el diagnóstico.

No incluye

  • No garantiza la admisión, el visado, la autorización, la TIE, el trabajo ni el plazo de resolución.
  • El diagnóstico no prepara ni presenta el visado, la autorización, la TIE ni la prórroga; esos alcances deben presupuestarse por separado.
  • No presenta solicitudes, visados, matrículas ni documentos ante centros, consulados u oficinas públicas.
  • No incluye tasas, matrícula, seguro, traducciones, legalizaciones, apostillas, alojamiento ni costes de terceros.
  • No incluye recursos, requerimientos, sanciones, familiares, menores o representación jurídica especializada salvo propuesta expresa.

Tasas y costes externos

  • Tasas administrativas, traducciones, legalizaciones y terceros se confirmarían por separado cuando correspondan.
Fuentes oficiales

Información revisada con fuentes oficiales

Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.

Contenido revisado en 12 de agosto de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.

Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
10 de noviembre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.

Contacto

Empieza por un diagnóstico de 49 €

Cuéntanos qué formación harás, quién la imparte, cuándo empieza, cuánto dura y qué documento obtendrás. El diagnóstico individual cuesta 49 € y, si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

  • Una primera conversación sobre centro, programa y fechas
  • Revisión inicial del encaje y de la documentación disponible
  • Derivación si aparecen denegaciones, familiares o una incidencia jurídica compleja

Enviar solicitud

La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.

El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.

Preguntas frecuentes

Respuestas antes de solicitar un diagnóstico.

¿Qué son las actividades formativas a efectos de Extranjería?

Son los supuestos concretos del artículo 52.1.e del Reglamento: auxiliar de conversación, estudios idiomáticos presenciales con los centros exigidos, preparación de pruebas selectivas de formación sanitaria especializada, formación para certificación de aptitud técnica o habilitación profesional y formación completa para certificados profesionales de grado C, niveles 2 y 3.

¿Cualquier curso de español permite pedir esta estancia?

No. La Hoja 2 exige enseñanza presencial del castellano o de una lengua cooficial en una escuela oficial de idiomas o en un centro acreditado por el Instituto Cervantes u organismo público equivalente. Además, no puede tratarse de tu lengua materna ni de la lengua oficial de tu país.

¿Es lo mismo una actividad formativa que estudiar en la universidad?

No. La estancia ordinaria por estudios superiores tiene su propio supuesto y requisitos. Actividades formativas es una categoría distinta y delimitada; el centro, el programa y el título o certificado final determinan cuál debe revisarse.

¿Puedo solicitarla desde España?

La Hoja 2 contempla un procedimiento iniciado desde España para la formación conducente a certificación de aptitud técnica o habilitación profesional. Debes ser mayor de edad, estar en situación de residencia y presentar la solicitud al menos dos meses antes del inicio; no debe asumirse que cualquier actividad formativa se puede iniciar desde España.

¿Cuánto dura la autorización?

La duración se vincula a la actividad formativa, con un límite máximo de un año, y la vigencia se extiende quince días después de finalizarla. La resolución concreta y las fechas del programa deben comprobarse.

¿Necesito visado y TIE?

Si la solicitud se inicia desde fuera de España, se presenta ante el consulado con al menos dos meses de antelación y el visado concedido debe recogerse dentro de dos meses desde la notificación. Si la estancia supera seis meses, la TIE se solicita personalmente dentro del mes desde la entrada; en una prórroga, dentro del mes desde la notificación.

¿Puedo trabajar con esta autorización?

No es un permiso laboral general. En los casos aplicables se necesita la autorización de trabajo correspondiente, la actividad debe ser compatible con la formación y, como regla general, no superar 30 horas semanales ni desbordar los límites geográficos; la formación profesional intensiva puede quedar sujeta a la normativa sectorial.

¿Se puede prorrogar?

La Hoja 2 permite solicitar una prórroga si continúa la actividad formativa, durante los dos meses anteriores o los tres posteriores a la expiración. Se solicita por medios electrónicos, solo una vez, con tasa, medios, seguro y admisión; el silencio es desestimatorio.

¿Qué tasa y plazo tiene el trámite?

La tasa de autorización se tramita con el modelo 790 código 052, epígrafe 1.1.1, y debe abonarse dentro de los diez días hábiles; la tasa consular del visado es independiente. Desde fuera, el visado tiene un plazo máximo de un mes y silencio desestimatorio; desde España, la autorización se resuelve en dos meses y el silencio también es desestimatorio.

¿Qué ocurre al terminar la formación?

Algunos supuestos de estudios o actividades formativas pueden permitir una modificación a residencia y trabajo si se obtiene la titulación o certificado y se cumplen los requisitos del artículo 190. No es automática y debe analizarse la formación, la fecha, el empleador o proyecto y la vía aplicable.

¿Cuándo conviene una revisión especializada?

Cuando el curso no encaja claramente en la Hoja 2, el centro no acredita su autorización, existe una denegación o requerimiento, hay familiares o menores, documentos difíciles de legalizar o necesitas presentar alegaciones, recursos o representación.

Comprueba el encaje antes de pagar o viajar

El nombre comercial del curso no decide la autorización. Solicita un diagnóstico individual de 49 € para ordenar el supuesto, el centro, la modalidad, la duración, la tasa y la certificación antes de presentar; si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.

Para empezar, nos ayuda saber

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