¿Quieres estudiar en España y necesitas ordenar tu estancia?
Revisa si tu programa, admisión, documentación y situación encajan con una autorización de estancia de larga duración por estudios. Separa desde el principio el permiso, el visado y el trabajo compatible durante los estudios. Diagnóstico individual por 49 €, descontable de la gestión durante 30 días.
La información pública es gratuita. El diagnóstico individual cuesta 49 € e incluye la revisión de tu situación, riesgos, documentación y siguientes pasos; si después contratas la gestión, se descuenta.
Revisión individual
Fuentes oficiales
Sin promesas falsas
En 30 segundos
Separa estudios, visado y país de inicio
La primera decisión no es rellenar un formulario: es ubicar el programa, las fechas y el lugar desde el que empezarás el procedimiento.
Objetivo
Realizar estudios a tiempo completo durante más de 90 días.
Punto de partida
Fuera de España con visado o dentro con una situación regular compatible.
Formulario habitual
EX-00, admisión o matrícula, medios, seguro y documentos personales.
Después
La prórroga, el trabajo compatible y la modificación tienen requisitos propios.
Antes de empezar
¿Cuándo conviene revisar esta vía?
La Hoja 1 contempla una estancia de más de 90 días para estudios superiores, educación secundaria postobligatoria u otros supuestos formativos previstos. El centro, el programa, la situación personal y el lugar desde el que solicites determinan la vía aplicable.
Tu programa supera los 90 días
Quieres permanecer en España para realizar estudios durante más de noventa días naturales y necesitas una autorización de estancia de larga duración.
Tienes admisión y matrícula
Un centro o institución reconocido te ha admitido en un programa a tiempo completo y puedes acreditar el pago de inscripción o matrícula cuando corresponda.
Debes demostrar medios y seguro
Necesitas ordenar los recursos para la estancia y el regreso, además de un seguro de enfermedad válido en España.
Aún estás definiendo el procedimiento
Si estás fuera de España revisarás la vía de visado; si estás en España, la solicitud inicial queda limitada al supuesto de estudios superiores para una persona mayor de edad en situación regular y debe respetar la antelación exigida.
Estancia, visado y trabajo son piezas distintas
La autorización principal no es el documento de entrada
La estancia por estudios es una autorización para permanecer en España más de 90 días con una finalidad formativa. El visado de larga duración es el procedimiento de entrada cuando solicitas desde fuera; no sustituye el análisis de la autorización. Tampoco es una prórroga, una residencia no lucrativa, una homologación de títulos ni una residencia y trabajo. La prórroga y la modificación desde estudios son vías posteriores con requisitos propios.
Requisitos y puntos clave
La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.
Centro y programa admisibles
Comprueba que la institución o centro está reconocido o autorizado y que el programa a tiempo completo, su modalidad y su duración corresponden a estudios superiores, educación secundaria postobligatoria u otra categoría prevista.
Admisión y matrícula
La admisión debe corresponder a estudios a tiempo completo y hay que acreditar los derechos de inscripción, matrícula o documento equivalente exigidos por el centro.
Medios económicos
Debes acreditar, con carácter general, el 100 % del IPREM mensual para ti, el 75 % para el primer familiar y el 50 % por cada familiar adicional. Las tasas académicas no cuentan como medios disponibles y el alojamiento ya pagado puede modificar el cálculo aplicable.
Seguro de enfermedad
El seguro debe estar autorizado para operar en España y ofrecer una cobertura equivalente a la asistencia sanitaria básica del Sistema Nacional de Salud durante la estancia.
Plazo y situación de partida
La solicitud se presenta, con carácter general, al menos dos meses antes del inicio de los estudios o de la expiración de la situación legal cuando el procedimiento se inicia en España. Desde España hay que comprobar además la mayoría de edad, los estudios superiores y la situación regular.
Resolución y duración
El plazo ordinario de resolución es de dos meses y el silencio es desestimatorio. La autorización se vincula a la duración de los estudios y puede exigir acreditar la matrícula anual si el programa dura más de un curso.
Trabajo compatible durante estudios
En estudios superiores, la autorización habilita automáticamente para trabajar por cuenta propia y ajena si la actividad es compatible, sin superar con carácter general 30 horas semanales. En otros estudios puede ser necesaria una autorización específica.
TIE si la estancia supera seis meses
Si la autorización dura más de seis meses, debes solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde la entrada en España.
Documentación habitual
No necesitas tenerlo todo resuelto para solicitar el diagnóstico. Aquí puedes identificar qué tienes y qué puede faltar.
Ver documentación habitual +
Modelo oficial EX-00 de autorización de estancia de larga duración, cumplimentado y firmado según el supuesto.01
Pasaporte o título de viaje vigente, válido en España y con la vigencia mínima que indique la Hoja oficial.02
Carta de admisión y justificante de inscripción o matrícula del programa de estudios a tiempo completo.03
Acreditación de medios económicos suficientes para la estancia y el regreso, con el cálculo aplicable del IPREM y sin incluir como disponibilidad el coste de los estudios.04
Póliza o certificado de seguro de enfermedad autorizado para operar en España y con cobertura equivalente a la exigida.05
Certificado médico y antecedentes penales cuando la duración y la edad de la persona solicitante los hagan exigibles.06
Documentos extranjeros traducidos al castellano o lengua cooficial y legalizados o apostillados cuando corresponda.07
Solicitud de visado de estancia de larga duración por estudios si el procedimiento se presenta desde fuera de España.08
La Hoja 1 es orientativa y solo se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. Esta página no garantiza una admisión, un visado, una autorización, una resolución favorable ni una autorización de trabajo; si hay denegación, requerimiento, protección internacional, menores u otra situación sensible, puede ser necesaria una revisión jurídica especializada o una derivación profesional.
Qué puedes esperar
El diagnóstico incluye
Revisión inicial del programa, centro, fechas y situación administrativa.
Diferenciación entre autorización de estancia, visado, prórroga y modificación posterior.
Ordenación de admisión, matrícula, medios, seguro y documentos extranjeros.
Diagnóstico individual por 49 € y explicación del alcance de una preparación estándar antes de avanzar.
Lo que no sustituye
No garantiza la concesión, la entrada en España, la autorización para trabajar ni el plazo de resolución.
No incluye matrícula, seguro, visado consular, tasas, apostillas, legalizaciones, traducciones ni costes de terceros.
No incluye prórrogas, modificaciones a residencia y trabajo, recursos, requerimientos o representación jurídica especializada salvo propuesta expresa.
No sustituye la decisión del centro educativo, del consulado, de la Oficina de Extranjería ni de otra autoridad competente.
Así avanzamos contigo
01
Definimos los estudios
Revisamos centro, programa, modalidad, fechas, duración y si se trata de estudios superiores o educación secundaria postobligatoria.
02
Separamos el procedimiento
Ubicamos si la solicitud se inicia desde fuera o dentro de España y qué papel tienen la autorización, el visado y la TIE.
03
Ordenamos la prueba
Relacionamos admisión, matrícula, medios económicos, seguro, pasaporte y documentos médicos, penales o extranjeros.
04
Decides cómo avanzar
Te explicamos el alcance de una preparación estándar y cuándo conviene derivar el caso a una revisión especializada.
Tasas, traducciones, apostillas, legalizaciones y terceros, cuando correspondan.
¿Aún necesitas confirmar si esta vía encaja contigo? Solicita el diagnóstico de 49 €; si después contratas esta gestión, descontamos ese importe durante 30 días.
Fuentes oficiales
Información revisada con fuentes oficiales
Consulta siempre el requisito vigente antes de tomar una decisión.
Contenido revisado en 13 de agosto de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.
Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
11 de noviembre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.
Cuéntanos qué quieres estudiar, cuándo empieza, dónde te encuentras y qué documentos ya tienes. El diagnóstico individual cuesta 49 € y, si después contratas la gestión, descontamos ese importe durante 30 días.
Una primera conversación sobre centro, estudios y situación de partida
Diferenciación entre estancia, visado y vías posteriores
Siguiente paso explicado sin prometer una autorización
Tus datos están protegidos. Solo los usamos para contactarte y darte información relacionada con tu solicitud.
Enviar solicitud
La información pública es gratuita. Si necesitas analizar tu situación concreta, solicita el diagnóstico de viabilidad de 49 €; no garantiza un resultado administrativo.
El formulario no es un chat en tiempo real. Si tienes una fecha próxima, escríbenos por WhatsApp.
Preguntas frecuentes
Respuestas antes de solicitar un diagnóstico.
¿Qué estudios permiten solicitarla?
La vía contempla, entre otros supuestos, estudios superiores y educación secundaria postobligatoria de más de 90 días, siempre que el programa sea a tiempo completo, el centro esté reconocido o autorizado y se cumplan los demás requisitos. No cualquier curso breve o centro privado encaja automáticamente.
¿La estancia por estudios y el visado de estudiante son lo mismo?
No exactamente. La autorización define la estancia y el visado permite tramitar la entrada cuando la solicitud se presenta desde fuera de España. El consulado y la Oficina de Extranjería intervienen en fases y comprobaciones diferentes.
¿Puedo solicitarla desde España?
En la solicitud inicial, la vía desde España se contempla para estudios superiores cuando la persona es mayor de edad, se encuentra regularmente en España y presenta la solicitud con la antelación exigida, normalmente al menos dos meses antes. No conviene extender esta posibilidad a cualquier curso o situación.
¿Cuánto debo acreditar de medios económicos?
Como referencia general, el solicitante debe acreditar el 100 % del IPREM mensual, el 75 % para el primer familiar y el 50 % para cada familiar adicional. Las tasas académicas no cuentan como medios disponibles y el alojamiento pagado por adelantado puede afectar al importe exigible.
¿Puedo trabajar mientras estudio?
En estudios superiores, la autorización habilita automáticamente para trabajar por cuenta propia o ajena si la actividad es compatible con los estudios. Con carácter general, el límite es de 30 horas semanales; para otros tipos de estudios puede ser necesaria una autorización específica.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo ordinario es de dos meses desde la presentación. Si no hay resolución expresa dentro de ese plazo, el silencio administrativo es desestimatorio.
¿Cuándo debo solicitar la TIE?
Si la autorización tiene una duración superior a seis meses, debes solicitar personalmente la TIE en el plazo de un mes desde tu entrada en España.
¿Qué formulario se utiliza?
El Ministerio de Inclusión publica el modelo EX-00 para la autorización de estancia de larga duración. La casilla y la documentación concreta dependen del tipo de estudios, de dónde presentes la solicitud y de tu situación.
¿Esta página sirve para una prórroga o un cambio a residencia y trabajo?
No es el mismo servicio. La prórroga exige continuidad y requisitos propios, y el cambio a residencia y trabajo se tramita bajo una modificación específica. Si ya tienes una autorización o has recibido una notificación, hay que revisar ese supuesto por separado.
¿La revisión garantiza que me concedan la estancia?
No. La decisión corresponde a la autoridad competente y depende de la documentación, la normativa vigente y las circunstancias del expediente. El diagnóstico ayuda a ordenar el caso, pero no sustituye la representación ni un asesoramiento jurídico especializado cuando sea necesario.
Revisa la vía antes de matricularte o presentar
La admisión, la autorización de estancia y el visado cumplen funciones distintas. Ordena las fechas y los documentos con un diagnóstico de 49 € antes de asumir costes.