¿Quieres independizar tu residencia tras una reagrupación familiar?
La autorización independiente puede permitirte residir y trabajar sin depender de la persona reagrupante. Revisamos tu vínculo, el tiempo de residencia y el supuesto que puede corresponder antes de presentar.
La orientación inicial es gratuita y sirve para ubicar tu vía. Si necesitas una consulta completa o preparar el expediente, te explicaremos el alcance y el precio antes de empezar.
Orientación clara
Fuentes oficiales
Sin promesas falsas
En 30 segundos
Identifica el supuesto que permite independizarte
No es una renovación automática: primero hay que reconstruir la autorización actual y el hecho que permite cambiar de régimen.
Punto de partida
Autorización temporal obtenida por reagrupación familiar.
Supuestos
Tiempo de residencia, trabajo o medios propios, ruptura, violencia, fallecimiento u otros casos previstos.
Formulario habitual
EX-02, con pruebas laborales, económicas, familiares o judiciales según el caso.
No es esta vía
Si aplica el régimen UE o el de familiar de persona española, revisa esas autorizaciones específicas.
Antes de empezar
¿Cuándo conviene revisar esta autorización?
La vía parte de una autorización temporal por reagrupación familiar y de un supuesto concreto previsto en la Hoja 11. No basta con que la relación familiar exista o con que se acerque la caducidad de la tarjeta.
Tienes una autorización por reagrupación familiar
La residencia independiente está dirigida a una persona no comunitaria que ya es titular de una autorización temporal obtenida por reagrupación familiar.
Eres cónyuge o pareja y llevas al menos un año
Puede existir una vía si has completado un año de residencia por reagrupación y acreditas medios propios o los requisitos laborales de cuenta ajena o cuenta propia.
Tu situación familiar ha cambiado
Separación, divorcio, nulidad, cancelación de pareja, fallecimiento, violencia, trata o abandono pueden abrir supuestos específicos con pruebas y plazos propios.
Eres hijo/a, persona representada o ascendiente
La mayoría de edad, cinco años de residencia o los requisitos de modificación a trabajo pueden ser relevantes según el vínculo y la autorización que tengas.
Independizar no es renovar la reagrupación
Cambia la persona titular y el régimen de trabajo
La autorización independiente se solicita por un supuesto específico de los artículos 69 y 70 y permite residir y trabajar sin limitación vinculada al reagrupante. No es la renovación de la autorización por reagrupación, que mantiene otro régimen; tampoco es la reagrupación inicial, la autorización para familiar de ciudadano español ni la tarjeta de familiar de la Unión.
Requisitos y puntos clave
La documentación y los criterios concretos dependen de cada caso. Esta revisión inicial sirve para ordenar el siguiente paso.
No estar dentro del régimen comunitario
La Hoja 11 se refiere a personas que no son ciudadanas de la Unión, del EEE o de Suiza ni familiares a quienes resulte aplicable el régimen de ciudadano de la Unión.
Autorización temporal por reagrupación familiar
Hay que acreditar que la residencia actual nació de una reagrupación familiar y reconstruir su vigencia, vínculo y situación administrativa.
Supuesto de cónyuge o pareja
Tras al menos un año de autorización en España, pueden revisarse medios económicos propios o los requisitos laborales de cuenta ajena o cuenta propia, sin la exigencia de situación nacional de empleo.
Ruptura, violencia o fallecimiento
La ruptura exige revisar duración del vínculo, convivencia y, cuando proceda, custodia. Violencia, trata, abandono o fallecimiento tienen requisitos probatorios y plazos diferentes.
Hijos, representados y ascendientes
La mayoría de edad y cinco años de residencia, los requisitos laborales o económicos y la modificación de la autorización del ascendiente deben analizarse según el caso concreto.
Tasa y presentación en plazo
La solicitud, el modelo EX-02, la tasa y los plazos de seis meses en determinados supuestos deben confirmarse con la norma y la notificación que origina el derecho.
Documentación habitual
No necesitas tenerlo todo resuelto para pedir orientación. Revisamos qué tienes y qué puede faltar.
Ver documentación habitual +
Modelo oficial EX-02 cumplimentado y firmado por la persona extranjera.01
Pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción vigente.02
Tarjeta y resolución o documentos que acrediten la residencia por reagrupación familiar.03
Contrato o contratos de trabajo, pruebas de actividad por cuenta propia o documentación de medios económicos, según el supuesto.04
Resolución de separación, divorcio, nulidad o cancelación de pareja cuando se invoque la ruptura del vínculo.05
Orden judicial de protección, informe policial o del Ministerio Fiscal, o certificado de defunción cuando corresponda.06
Documentos de parentesco, mayoría de edad, residencia, custodia o modificación laboral de ascendientes, traducidos y legalizados o apostillados cuando proceda.07
Justificante de la tasa y documentación extranjera traducida por traductor jurado cuando se exija.08
La Hoja 11 es orientativa y solo se aplica la normativa vigente en la fecha de presentación. La residencia independiente no se concede automáticamente por llevar tiempo en España ni por romper una relación. Violencia, ruptura, fallecimiento, dependencia, trata, abandono, custodia o prueba judicial compleja pueden requerir una derivación jurídica especializada.
Qué puedes esperar
La orientación incluye
Revisión inicial de la autorización por reagrupación y del supuesto de independencia.
Diferenciación entre independencia, renovación, reagrupación inicial y regímenes de familiar español o de la Unión.
Ordenación de documentos, plazos y pruebas para un expediente estándar.
Explicación del siguiente paso y del alcance antes de presentar.
Lo que no sustituye
No garantiza la concesión ni la autorización para trabajar.
No incluye tasas, traducciones, legalizaciones, apostillas ni costes de terceros.
No incluye recursos, litigios, denuncias, medidas judiciales ni actuaciones derivadas de violencia o ruptura compleja.
Los supuestos de dependencia, custodia, fallecimiento, trata o prueba económica/laboral compleja pueden requerir una revisión especializada adicional.
Así avanzamos contigo
01
Reconstruimos tu autorización
Revisamos cómo obtuviste la residencia, qué tarjeta tienes, cuándo vence y quién fue la persona reagrupante.
02
Clasificamos el supuesto
Separamos independencia por medios o trabajo, ruptura, violencia, fallecimiento, mayoría de edad o modificación de ascendientes.
03
Ordenamos EX-02 y pruebas
Comprobamos documentos personales, laborales, económicos, familiares y de traducción o legalización.
04
Presentas con el plazo controlado
Te explicamos el órgano o canal de presentación, la tasa y qué actuaciones quedan fuera si aparece una incidencia.
Contenido revisado en 29 de julio de 2026. La normativa puede cambiar: verifica siempre los requisitos y plazos vigentes en la fuente oficial antes de tomar una decisión.
Responsable
Equipo editorial y normativo
Próxima revisión
22 de octubre de 2026
Estado
vigente
Si cambia una fuente
Crear una issue de actualización vinculada si cambia una fuente o criterio.
Cuéntanos qué vínculo tienes, cuánto tiempo llevas con la autorización por reagrupación y si hubo trabajo, ruptura, violencia o fallecimiento. Si el caso necesita intervención jurídica, te explicamos el alcance antes de avanzar.
Una primera conversación sobre la autorización y el supuesto
Revisión inicial de documentos y fechas disponibles
Siguiente paso explicado sin prometer la independencia
Tus datos están protegidos. Solo los usamos para contactarte y ofrecerte orientación relacionada.
Enviar solicitud
La orientación inicial no garantiza resultados ni sustituye una revisión completa del caso. Te ayudaremos a ordenar la información y a identificar próximos pasos.
¿Es lo mismo que renovar la reagrupación familiar?
No. La renovación mantiene la autorización por reagrupación y su régimen propio. La residencia independiente cambia la base de la autorización y, cuando se concede, habilita para residir y trabajar sin limitación vinculada a la persona reagrupante.
¿Cuándo puede independizarse un cónyuge o pareja?
Como regla general, tras completar al menos un año de autorización por reagrupación familiar en España y acreditar medios económicos propios o los requisitos de trabajo por cuenta ajena o propia. También existen supuestos específicos por ruptura, violencia o fallecimiento.
¿Puedo solicitarla si me separé o divorcié?
Puede existir un supuesto si se acredita la duración del vínculo y la convivencia en España que exige la norma, salvo especialidades como la custodia. Hay un plazo y documentos concretos; no conviene presentar solo el certificado de matrimonio o la sentencia sin revisar el supuesto.
¿Qué ocurre si fui víctima de violencia o si falleció la persona reagrupante?
La Hoja 11 contempla supuestos de violencia, trata, abandono y fallecimiento con reglas específicas de prueba y plazo. Una orden judicial, informe policial, informe del Ministerio Fiscal o certificado de defunción puede ser relevante, por lo que el caso puede requerir derivación jurídica especializada.
¿Necesito el modelo EX-02?
La Hoja 11 identifica el modelo EX-02 para la solicitud de la persona extranjera. El canal, la documentación y la legitimación pueden variar, especialmente en ascendientes vinculados a una autorización laboral.
¿Es lo mismo que la residencia de un familiar de ciudadano español?
No. Esta página parte de una reagrupación realizada por una persona extranjera residente. La residencia de familiares de personas españolas y la tarjeta de familiar de la Unión pertenecen a otros regímenes y tienen formularios y requisitos diferentes.
¿Puedo trabajar con la autorización independiente?
La autorización independiente continúa habilitando para residir y trabajar sin limitación cuando se concede, pero el encaje laboral o económico y la eficacia de la autorización deben comprobarse según el supuesto y la norma vigente.
Revisa la independencia antes de renovar
Una autorización independiente puede ser distinta de la renovación de reagrupación. Ordena tu supuesto, las pruebas y el plazo antes de presentar.